Muchas veces nos preguntamos donde podemos encontrar la información que rige el sector ecológico, donde están detallados los diferentes puntos y donde se especifican los diferentes aspectos relacionados con nuestra explotación, nuestra empresa o con los productos que consumimos. En definitiva tenemos una amplia variedad de preguntas referentes a la normativa ecológica que regula el mercado de estos productos.
Por este motivo hemos querido hacer una recopilación de la normativa ecológica que regula el sector ecológico y que es de obligado cumplimiento por parte de todos los operadores involucrados en la producción, elaboración, importación y comercialización de productos agroalimentarios ecológicos.
Normativa ecológica Europea

Normativa reguladora del sector
Como consecuencia del enorme crecimiento que experimentó la producción ecológica de 1990 a 2000 el Consejo Europeo procedió a pedir a la Comisión Europea un Plan de acción europeo en materia de alimentación y de agricultura ecológica. El objetivo principal era definir una base política a seguir por este sector en los próximos años proporcionando una visión estratégica de conjunto sobre la contribución de la producción agroalimentaria ecológica en la política agraria común.
Uno de los primeros objetivos era la modificación del anterior Reglamento (CEE) 2092/91.
Con este argumento se elaboró por la Comisión Europea y aprobar por el Consejo de ministros de medio ambiente el:
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Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, de 28 de Junio de 2007, sobre la producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se derogaba el Reglamento (CEE) 2092/91.
El Reglamento (CE) 834/2007 recoge los objetivos y principios generales de la producción agroalimentaria ecológica, así como los principios específicos y normas de producción de los diferentes tipos de productos agrarios y alimentos. También establece una normativa general en cuanto al etiquetado, controles e intercambios comerciales con países terceros.
A nivel anecdótico, es interesante saber que poco después se elaboró el Reglamento (CE) 967/2008 del Consejo, de 29 de Septiembre de 2008, el cual concedía un aplazamiento en relación a la obligación de incluir el logotipo comunitario que identifica los productos ecológicos en la etiqueta hasta el día 1 de Julio de 2010. Actualmente, por lo tanto, ya es de obligado cumplimiento.
En relación a la normativa de la aplicación y desarrollo del Reglamento 834/2007, la Comisión ha publicado los siguientes reglamentos:
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Reglamento (CE) 889/2008 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 834/2007 respecto de la producción ecológica, de su etiquetado y control.
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Reglamento (CE) 1235/2008 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008, que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 834/2007 respecto a las importaciones de productos ecológicos procedentes de países terceros.
Normativa ecológica Estatal
La normativa ecológica europea establece que las autoridades y organismos de control mantendrán actualizada una lista de los operadores sujetos a su control, que se pondrá a disposición de las partes interesadas. Para facilitar la consulta unificada de los operadores españoles, y mediante la aprobación del Real Decreto 833/2014, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha creado el Registro General de Operadores Ecológicos, que incorporará los datos que constan en los registros o sistemas de información de las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas en una plataforma única, para facilitar su consulta.
Mediante la publicación de la Orden ECC / 1936/2014, el Ministerio de Economía y Competitividad quiere, por un lado, garantizar la aplicación correcta y eficaz de las normas europeas que regulan la importación de productos ecológicos y, del otra, informar a los operadores económicos sobre las actuaciones que se llevan a cabo en la importación de estos productos ecológicos procedentes de terceros países, de forma que, sobre la base del principio de coordinación entre los órganos administrativos, procede a establecer las correspondientes normas de gestión de los procedimientos para garantizar el cumplimiento de la legislación de la Unión Europea en la materia.
Normativa ecológica catalana
A pesar de haber una normativa ecológica europea que establece principios generales y específicos para la producción, elaboración y control de los productos ecológicos, la aplicación de estas normas a la casuística concreta en que se encuentran los operadores catalanes genera en ciertas ocasiones situaciones ambiguas que hay que resolver a fin de evitar disfunciones y aportar seguridad y garantías, tanto a los responsables de la producción, elaboración, comercialización y responsables del control y certificación de productos ecológicos como por supuesto, a los consumidores.
Asimismo, en el ámbito de las normas específicas de producción ganadera, el Reglamento (CE) 889/2008 no las establece para todas las especies ganaderas de interés en Cataluña, como el caso de los conejos (cunicultura) y los caracoles (helicicultura).
En aplicación de las competencias normativas de la Generalidad de Cataluña, y para solucionar los problemas apuntados en el párrafo anterior, el 23 de mayo de 2012 se publicó la:
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Resolución AAM/951/2012, de 15 de mayo, por la que se aprueba el Cuaderno de Normas Técnicas de la producción agroalimentaria ecológica.
Estas normas técnicas se completan con la elaboración y publicación de una Instrucción con una serie de criterios de aplicación de la normativa europea de producción y etiquetado de los productos ecológicos, aprobada mediante la Resolución AAM /70/2013, de 18 de enero.
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Más recientemente el Departamento de Agricultura, Ramaderia, Pesca y Alimentación ha aprobado la Resolución ARP/763/2017, de 30 de Marzo, por la cual se aprueba Cuaderno de Normas Técnicas de la producción agroalimentaria ecológica
Tanto las normas técnicas como los criterios de aplicación están orientadas a una mejor aplicación de las normas europeas, ya continuación se presentan en un único documento de Guía de normas técnicas y criterios de aplicación de la normativa europea de producción y etiquetado de los productos ecológicos .
Control de la producción agraria ecológica
En cuanto al sistema de control de la producción agraria ecológica, este está encomendado al Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica (CCPAE), autoridad pública de control creada en 1994 (Ley de creación del CCPAE), y que mediante la Ley 2/2014, de 27 de enero de 2014, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, se ha regulado por última vez como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar en el ejercicio de sus competencias .
Mientras esta Ley 2/2014 no se desarrolle, con respecto a la estructura y funcionamiento del CCPAE, aunque se mantendrá en vigor el Decreto 180/2001, de 26 de junio, que regula la composición y funciones del CCPAE, modificado por Decreto 269/2001, así como la Orden de 11 de octubre de 2001, que establece el Reglamento de régimen interior del CCPAE.
Además de la citada normativa ecológica específica, también es de aplicación supletoria la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, la cual tiene el objetivo de garantizar la conformidad de los productos agroalimentarios en las fases de producción, transformación y distribución.
El sistema de producción agroalimentario ecológico, como ya hemos visto, viene regulado de forma básica por la normativa europea. Sin embargo, también hemos observado que es muy amplio y diverso y que existen ciertas resoluciones, como por ejemplo en el ámbito catalán, que nos dan respuesta a situaciones con casuísticas específicas o ámbitos no incluidos en la reglamentación europea.
[…] próximos posts esperamos poder tratar aspectos como por ejemplo: la normativa ecológica que regula el sector, los pasos a seguir para darse de alta en el registro de operadores del CCPAE, […]